No, el propietario no tendrá que devolver las rentas percibidas por la aseguradora en caso de que el inquilino se declare insolvente.
Si el inquilino se declara insolvente, vía judicial, ¿el propietario estaría obligado a devolver la cantidad, correspondiente al alquiler, que le ha abonado la compañía en función de la cobertura contratada? Imprimir
¿Ha sido útil esta respuesta? Sí No
Enviar comentarioLamentamos no haber sido de ayuda. Ayúdenos a mejorar este artículo dejándonos sus comentarios.