Sí, existe un plazo máximo para que el propietario comunique el siniestro y es muy importante que lo conozcas si quieres aprovechar al máximo tu seguro de impago de alquiler.

El propietario debe denunciar el siniestro después de dos impagos de renta y nunca después del tercer impago. Esto significa que el cliente debe denunciar el siniestro entre el 2º impago y el 3º impago. Si no lo hace y declara el siniestro después, sólo será compensado por el último de los 2 meses impagados y por las rentas futuras impagadas. 


Aquí va un ejemplo práctico:


Imaginemos que el inquilino tiene hasta el día 7 de cada mes para poder pagar su renta al propietario y que el contrato entre ambos comienza a estar en vigor desde el 01/03/2021.

Supongamos también que el inquilino se retrasa en sus pagos y los hace una vez después del 07/03/2021, luego otra vez después del 07/04/2021 y después de nuevo pasado el 07/05/2021. En este momento, el propietario decide declarar el siniestro. ¿Qué ocurre? Que ya se han producido 3 impagos.


Entonces la compañía de seguros sólo cubrirá los dos últimos meses: abril y mayo, lo que significa que el pago que falta en marzo no estará cubierto porque está fuera del periodo de cobertura. Para cobrar la totalidad el propietario debería haber declarado el siniestro entre el 07/04/2021 y el 07/05/2021 que es el periodo entre el 2 y el  la 3ª renta impagada.